SAT abre declaración anual para personas morales.

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El Servicio de Administración Tributaria inició el periodo para la presentación de la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025 de personas morales, el cual estará vigente del 2 al 31 de marzo de 2026. Este trámite aplica para empresas del Régimen General (Título II) y del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). En el caso de las personas morales con fines no lucrativos, el plazo concluyó el 16 de febrero, mientras que las sociedades en liquidación debieron cumplir antes del 19 de enero.

Con el objetivo de agilizar el proceso, el SAT implementó mejoras en su plataforma digital, incorporando formularios con información precargada, como pagos provisionales, nómina, retenciones de ISR, PTU y CFDI de ingresos y egresos. Si se detectan errores, los contribuyentes pueden presentar declaraciones complementarias.

Para cumplir con esta obligación fiscal, las empresas deben contar con RFC, e.firma vigente y acceso a banca electrónica, ya que cualquier pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica.
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